Preguntas frecuentes sobre el servicio

¿Qué es el Servicio?

Cuando se inicia un proceso judicial, es importante que ambas partes lo conozcan y reciban los formularios oficiales. Esto se denomina “notificación del proceso” o simplemente “notificación”. Tienes la obligación de entregar, o “notificar”, una copia de cada formulario que presentes ante el tribunal a todas las demás personas implicadas en el caso. Estos formularios les informan sobre el caso y sus derechos. Debes decir cuándo les diste las copias y cómo se las diste.

¿Qué debo hacer primero?

Debes llamar al secretario o al juzgado donde vayas a presentar tus formularios. Asegúrate de preguntarles si pueden decirte cuáles son tus opciones de servicio, cuál es el coste de cada una de esas opciones, si su tribunal requiere algo especial y si recomiendan algo.

¿Cómo entrego mis formularios judiciales si conozco la dirección de la persona a la que entrego?

Servicio del sheriff – Debes ponerte en contacto con el sheriff civil y asegurarte de preguntar cuántas copias necesitan. Esta puede ser la opción más fácil, pero puede costar más por adelantado. Si eliges el servicio del sheriff, siempre puedes volver a elegirlo si necesitas entregar más formularios para tu caso y no tendrás que volver a pagar. Correo certificado – Puedes notificar los formularios judiciales pagando para que te los envíen por correo certificado. El secretario judicial te pedirá que rellenes la tarjeta verde de Correo Certificado. Tendrás que escribir el nombre y la dirección de la persona a la que vas a notificar en la tarjeta verde de correo certificado. A continuación, el secretario judicial enviará los formularios judiciales por correo certificado. El Correo Certificado garantiza que los formularios judiciales han sido firmados y recibidos por la persona a la que entregas. El Correo Certificado suele costar menos que el Servicio de Alguacil, pero es probable que tengas que pagar cada vez que hagas una entrega por Correo Certificado. Algunos tribunales pueden tener problemas para leer el nombre de la persona que firma la tarjeta de Correo Certificado. Además, a veces la persona a la que intentas notificar por correo certificado no responde a la puerta cuando el cartero entrega el correo. Si no contesta, es posible que el correo certificado sea devuelto a la oficina de correos y que la otra persona no vaya a recogerlo. El tribunal podría obligarte a entregar los formularios de nuevo, pero utilizando otro tipo de entrega. Agente judicial privado – Si la persona a la que vas a notificar es difícil de encontrar, o tiene un historial de evitar las notificaciones, puede que necesites contratar a un agente judicial privado. Un tramitador privado encontrará a la persona a la que intentas notificar esté donde esté. Es un proceso sencillo, pero probablemente sea el más caro y haya que pagarlo cada vez que se utilice.

¿Cómo entrego mis formularios judiciales si no conozco la dirección de la persona a la que entrego?

Puede ser difícil encontrar a la persona a la que intentas notificar, pero tienes que demostrar al tribunal que realmente lo intentaste. Si no puedes encontrarla, asegúrate de que tienes pruebas de que realmente la has buscado. Esto puede significar buscar en las redes sociales y utilizar otros recursos en línea. Puede que el tribunal te permita notificar tus formularios publicándolos en un periódico. Cuando hables con el tribunal y el secretario de tu condado, asegúrate de preguntarles dónde puedes publicar las notificaciones legales. Puede ser un periódico local o un sitio web. Una vez que sepas dónde publicar los formularios, tendrás que ponerte en contacto con ese periódico/publicación. Pregúntales qué tienes que hacer, cuánto costará, durante cuánto tiempo se publicará el aviso y qué ocurrirá una vez publicado el aviso. El tribunal no puede hacer nada en tu caso hasta que se publique el anuncio, lo que suele tardar unas tres semanas. Puede que tengas que informar al tribunal después de que se publique la notificación.

¿Qué pasa si presento formularios en un caso que ya está abierto?

Si no conoces la dirección de la persona a la que vas a notificar, sigue la información de “¿Cómo notifico mis formularios judiciales cuando no conozco la dirección de la persona a la que voy a notificar?”. Si conoces la dirección de la persona a la que vas a notificar y estás presentando formularios en un caso que ya está abierto, puedes utilizar las opciones de notificación indicadas en “¿Cómo notifico mis formularios judiciales cuando conozco la dirección de la persona a la que voy a notificar?” (Notificación al sheriff, Notificación por correo certificado o Notificación privada). Si ya has pagado por el Servicio de Alguacil en este caso, puedes seguir eligiendo el Servicio de Alguacil y no tendrás que volver a pagarlo. También hay otra forma de notificar a la persona si estás presentando formularios en un caso que ya está abierto. Correo de EE.UU. de primera clase – Puedes notificar los formularios judiciales metiéndolos en un sobre, con suficientes sellos, y enviándolos por correo. Ponte en contacto con tu oficina de correos si necesitas ayuda para saber cómo utilizar el correo de primera clase de EE.UU. (First Class U.S. Mail). Esta será probablemente la forma más fácil y barata de hacer la notificación si no has pagado ya por el servicio de alguaciles en este caso.

¿Y si todavía tengo preguntas sobre el servicio?

Si has leído toda la información anterior y has seguido las instrucciones, pero sigues teniendo preguntas, puedes llamar al teléfono de atención de ILAS (317) 527-0552

Ayuda jurídica gratuita y de bajo coste

Encuentre fácilmente organizaciones, servicios o clínicas jurídicas disponibles cerca de usted. Simplemente introduzca su código postal o condado para empezar.

Comenzar